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Actualización Facturación Electrónica - Reforma Fiscal 2022

Actualizado: 22 jun 2022

¿Qué es el CFDI?


Es un documento que comprueba la adquisición de un bien o servicio y que cumpla con los requisitos de SAT. Al generar el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) esté genera un documento PDF y otro XML, el primero es la presentación física del XML y es utilizado como respaldo, siendo el archivo XML el más importante.


A partir del 1 de enero de 2022, se actualiza el esquema de factura electrónica y se robustece con el fin de fortalecer las herramientas tecnológicas para simplificar el cumplimiento de las normas tributarias.


Los cambios con esta reforma fiscal 2022 en lo que corresponde a factura electrónica abarcan:


  • CFDI hace upgrade a la versión 4.0.

  • CFDI de Retenciones e Información de Pagos hace upgrade a la versión 2.0.

  • CFDI de Complemento de Pagos hace upgrade a la versión 2.0.


Beneficios


  • Reportar información más completa y correcta al SAT contenida en las facturas, también conocidas como CFDI que expidan, a efecto de recibir mejores servicios.

  • Facilitar la presentación de declaraciones con información prellenada derivado de la información contenida en las facturas o CFDI.

 

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Entrada en Vigor de Factura Electrónica 4.0


La entrada en vigor de la versión 4.0 del CFDI inicia el 1 de enero de 2022 de manera no obligatoria, y de manera obligatoria a partir del 1 de enero del 2023, lo que significa que los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) tendrán un plazo de adaptación de 4 meses. Cumplido ese periodo, los contribuyentes que no estén facturando bajo el esquema CFDI 4.0 no podrán emitir sus comprobantes fiscales.


A continuación, se detallan los cambios que tendrá la factura electrónica a partir del 1 de enero de 2022:


Anexo 20 versión 4.0


  • Existirá la versión 4.0.

  • Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.

  • Añadidura y eliminación de atributos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.

  • Será posible relacionar más de un CFDI en las secuencias de comprobantes relacionados para una trazabilidad más eficiente.

  • Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos a través de la especificación del régimen fiscal.

  • Incorporará nuevos apartados (nuevos nodos) para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.


CFDI Retenciones e Información de Pagos 2.0


La factura que ampara retenciones de impuestos e información de pagos realizados es aquella que permite documentar dichas operaciones para el caso de los contribuyentes que residen en el extranjero.


Este CFDI se refiere a dividendos, arrendamiento en fideicomiso, enajenación de acciones, fideicomiso no empresarial, intereses, intereses hipotecarios, pagos a extranjeros, planes de retiro, premios, operaciones con derivados y sector financiero.


  • La versión será la 2.0.

  • Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.

  • Permitirá relacionar otras facturas o CFDI.

  • Se añade un atributo para incluir el lugar de expedición como en el CFDI.

  • Se agregan atributos para el régimen del emisor.

  • Nuevos atributos condicionales en los totales para utilidad e ISR.


Complemento de Pagos versión 2.0


El Complemento para recepción de pagos, es decir aquél que debe expedirse junto con el CFDI cuando se reciben pagos en parcialidades o de manera diferida, también se ve renovado. Ahora ya solamente podrá emplearse con el CFDI tipo P. Adicionalmente:


  • La versión será 2.0.

  • Se incluyen nuevos campos para identificar sí los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos.

  • Se incluye un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos realizados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan.

  • Mediante atributo añadido se indicará si el pago es objeto o no de impuestos, detallando los Traslados y Retenidos.


Servicio de Cancelación


La cancelación de facturas se hará de la siguiente manera:


  • A partir de 2022 será necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes.

  • Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 “Comprobante emitido con errores con relación” deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado.

  • Se incluyen validaciones para limitar la cancelación de CFDI al ejercicio correspondiente.

  • Se actualizan los plazos para realizar la cancelación de facturas.


Otras modificaciones en la reforma fiscal del SAT en 2022


De forma adicional a todo lo anterior, las consideraciones que deben tomar en cuenta las personas físicas y morales que tributarán bajo la nueva modalidad del CFDI 4.0 son las siguientes:


  • Habrá nuevos catálogos y reglas de validación.

  • Se añade un atributo para los casos de sector primario.

  • Se sustituye el complemento a cuenta de terceros por un elemento nuevo a nivel de concepto.

  • Se incluirá la información para los comprobantes globales que emitirán los contribuyentes del nuevo Régimen Simplificado de Confianza que estará vigente desde el 2022.


 

Fuente: SAT
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